Aprobado por CG registros de
candidatos a Diputados por MR
Xalapa,
Ver .El Consejo General del Instituto Electoral
Veracruzano aprobó por unanimidad las solicitudes de registro supletorio de
candidatos por el principio de mayoría relativa para la renovación de
integrantes del Poder Legislativo del Estado en el Proceso Electoral 2012-2013.
Por lo tanto, este órgano máximo de dirección determinó que es procedente
el registro de candidatos a Diputados por el principio de Mayoría Relativa,
presentadas por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución
Democrática, del Trabajo, Movimiento Ciudadano, Alternativa Veracruzana,
Cardenista y la Coalición denominada “Veracruz para Adelante”, por haber
cumplido los criterios de elegibilidad y la documentación comprobatoria que
acompañó cada postulación, de acuerdo a lo señalado en los informes elaborados
por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos,
En otro punto del orden del día, con cuatro votos a favor y uno en
contra, se aprobó el acuerdo del Consejo
General, mediante el cual se resuelve
negar la solicitud de registro como candidato no postulado por partido político,
del ciudadano José Luis García Reyes, al cargo de Diputado por el principio de
Mayoría Relativa.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 19 párrafo primero de la
Constitución Política del Estado de Veracruz: “Artículo 19. Los partidos
políticos son entidades de interés público que tienen como finalidad promover
la participación de los ciudadanos en la vida democrática y contribuir a la
integración de la representación estatal y municipal, con el derecho exclusivo
para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular. La ley
reconocerá y regulará otras formas de organización política”. Por lo anterior
expuesto, en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, actualmente las
candidaturas independientes no son procedentes; hasta una vez que la
Constitución Política Local se homologue a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, la ley en la materia establecerá las bases,
requisitos y condiciones y demás consideraciones por las que se aprueben las
mismas.