Podrían legalizar matrimonio entre personas del mismo sexo
El diputado del MC Cuauhtémoc Pola propone modificar el artículo 75 del
Código Civil y establece en su Iniciativa que ninguna norma, decisión o
práctica puede restringir los derechos de una persona, a partir de su
orientación sexual
Por Inocencio VALDES VAZQUEZ
XALAPA,VER .- El diputado local por el Movimiento Ciudadano, Cuauhtémoc Pola Estrada propuso modificar el
artículo 75 del Código Civil para el Estado de Veracruz, para autorizar los
matrimonios entre personas del mismo sexo, además de evitar que las parejas
homosexuales sean discriminadas.
Destacó que en Veracruz se impide que las
parejas homosexuales accedan a la figura del matrimonio y a sus beneficios, por
lo que sostuvo que legislación vigente viola los artículos primero y cuarto de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que ninguna persona
será objeto de discriminación por su preferencia sexual, y no se cumple con el
estándar de protección del núcleo familiar.
Pola Estrada, hermano del también diputado del
PRI, Tonatiuh de los mismo apellidos, estableció que la Suprema Corte de Justicia de la Nación
sentó las bases jurídicas para declarar inconstitucionales los preceptos
legales de los códigos civiles que establezcan que la institución del
matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, imposibilitando el acceso a
las personas del mismo sexo.
Apuntó sobre este polémico
tema que no se está
cambiando nada, no cambiamos el
concepto de familia ni de quien puede o no procrear, estamos reconociendo la
plena igualdad que como seres humanos tenemos garantizada en nuestra Carta
Magna, así como en tratados internacionales.
En la Iniciativa que será analizada por la
Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales se destaca que ninguna norma, decisión o práctica de
derecho interno puede restringir los derechos de una persona a partir de su
orientación sexual y por ello se propone esta modificación.
Por otra parte en la sesión del pleno legislativo se aprobó el dictamen
que reforma la Ley del Juicio de Protección de Derechos Humanos, que impedirá
la continuación de juicios paralelos a quienes dirimen controversias en
materias expresamente reguladas por ordenamientos legales vigentes, en los que
se emiten –en ocasiones–resoluciones en sentido contradictorio. Establece que
los juicios de protección de derechos humanos serán improcedentes cuando sea
contra actos de naturaleza fiscal, administrativa o de los emitidos en
procedimientos en materia laboral y de seguridad social, así como contra actos
de nombramiento o remoción de servidores públicos estatales o municipales.
Con 42
votos a favor, cero en contra y una abstención, se aprobó este ordenamiento que
advierte que la gente recurre a la promoción de estos juicios, en que el actor,
la autoridad y el acto reclamado son los mismos. Esto ha generado resoluciones
diferentes para un mismo acto, en detrimento de la seguridad jurídica y del
prestigio de los órganos jurisdiccionales de la entidad, “de esa manera se
evitará recurrir a este juicio contra actos que sean materia de otro juicio o
procedimiento pendiente de resolución, promovido por el mismo actor, contra la
misma autoridad y por el mismo acto reclamado.