Ahorros y calidad para los usuarios.
En México se tiene la convicción y el
compromiso social para combatir las prácticas monopólicas y fomentar la
competencia mediante la diversidad.
Después de 17 horas de discutir los
dictámenes relativos a las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones,
en la madrugada del pasado sábado en el Senado de la República se aprobaron las leyes Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
y del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, para cumplir
el compromiso de impulsar una competencia leal para mejorar los sectores de
telecomunicaciones (telefonía fija, móvil, internet y televisión de paga) y
radiodifusión (televisión abierta y radio) en México.
Como bien lo señala Emilio Gamboa Patrón, líder de los
senadores priístas, las leyes aprobadas sólo benefician a los usuarios y se esperan beneficios tangibles e inmediatos en el
bolsillo de los mexicanos, así como en la calidad, opciones y gama de contenido
en los servicios. Beneficios que trato de resumir a continuación:
Telefonía:
A partir del 1 de enero del año 2015 se
eliminan los cobros por larga distancia en telefonía fija y de roaming en telefonía móvil por las
llamadas realizadas a cualquier parte del país, para lo cual los concesionarios
realizarán la consolidación de las áreas de servicio local; además de limitar
las llamadas que promueven servicios o paquetes telefónicos salvo que los
usuarios hayan dado su consentimiento.
También, se amplía el tiempo para hacer
uso del saldo de las tarjetas telefónicas de prepago, al pasar de dos meses a
un año antes que las empresas lo cancelen y
puedan consultar su saldo de forma gratuita.
Por otra parte, las empresas se verán
obligadas a desbloquear los equipos de telefonía móvil cuando estos se paguen
de contado, se liquide su costo o venza el plazo contratado, aunado a que se
acaba con la exclusividad en la venta de teléfonos celulares, sin importar la
empresa y marca del equipo.
Otros aspectos en telefonía que serán
obligatorios para las empresas prestadoras del servicio, será agilizar el
trámite y sin costo para que los usuarios cambien de proveedor sin perder su
número; se pueda rescindir el contrato sin penalización alguna en caso de que
las compañías cambien las condiciones originalmente contratadas; aunado a que
deberán bonificar o descontar por fallas en el servicio telefónico o por cargos
indebidos.
Respecto al servicio de geolocalización
este se declaró constitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
quedando establecido que está limitada a la investigación de delitos graves y
se faculta a las autoridades de procuración de justicia solicitarlo cuando la
investigación del delito lo requiera. Para ello, los concesionarios tendrán que
conservar la información durante 12 meses en sus sistemas para consultar y
entregarlo en tiempo real cuando lo requiera la autoridad y, 12 meses
adicionales en sus sistemas de almacenamiento para entregarlo dentro de las 48
horas a partir de su notificación.
Internet:
Uno
más de los beneficios para la población, lo representa la cobertura universal
en Internet, para lo cual, de manera paulatina, se realizarán las conexiones
que faciliten el acceso a banda ancha, siendo prioritarios aproximadamente 250
mil sitios públicos, tales como escuelas, edificios de gobierno, y hospitales.
Además,
los concesionarios y los autorizados deberán prestar el servicio de acceso a
Internet respetando la capacidad, velocidad y calidad contratada por el usuario,
con independencia del contenido, preservando en todo momento la privacidad del
usuario y la seguridad de la red.
Se
prohíbe a los concesionarios inspeccionar el contenido del tráfico garantizando
con esto el derecho a la privacidad de la comunicación, así como la eliminación
de bloquear el acceso a contenidos aplicaciones y servicios, salvo por
solicitud del usuario o de una autoridad competente.
Se
elimina la posibilidad de realizar bloqueos, inhibir o anular las señales
(incluye señal de teléfono) en eventos y lugares “críticos”, estableciéndose el
bloqueo sólo para los centros penitenciarios.
Televisión:
Las empresas de televisión abierta permitirán la transmisión de su
programación y las empresas de televisión de paga estarán obligadas a transmitirla
sin costo adicional para los usuarios.
Se creará una cadena de televisión del Estado y con las dos nuevas
cadenas de televisión abierta con cobertura nacional que están en proceso de
licitación se logrará una competencia sana y efectiva en este sector.
De las 6 a.m. a las 24 horas deberán contar con subtitulaje o doblaje
al español y con el servicio de lengua de señas mexicana para la accesibilidad
a personas con debilidad auditiva y deberán estar disponibles en algún segmento
de al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia y los
concesionarios públicos en toda su programación.
Para el 31 de diciembre del 2015, toda la televisión será de calidad
digital para lo cual se entregarán equipos-receptores y decodificadores a la
población.
Se regula la publicidad comercial en la televisión abierta a fin de
que ésta no exceda del 18 por ciento del tiempo total de transmisión de cada
canal de programación; de hasta 6 minutos de publicidad en cada hora de
transmisión en los canales de televisión de paga y de a los de uso social hasta
6 por ciento del tiempo total de transmisión. Quedando exceptuados solamente
los canales dedicados exclusivamente a la oferta de productos.
Se da claridad a las concesiones sociales, indígenas y comunitarias,
para lo cual se reducen los requisitos para el otorgamiento de este tipo de
concesiones y que tienen como objetivo prestar servicios con propósitos
educativos, científicos o educativos sin fines de lucro, para la promoción de
la cultura, identidad, costumbres y lenguas.
Las concesiones de uso social comunitaria se podrán otorgar a
organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, mientras que las de uso
indígena a los pueblos y comunidades indígenas del país
Se permite a los concesionarios de uso social que obtengan ingresos
públicos por la venta de publicidad de hasta el 1 por ciento del presupuesto
destinado a la comunicación social distribuido de manera equitativa entre los
existentes.
Las estaciones de radio abierta no podrán destinar a publicidad comercial
más del 40 por ciento del tiempo real de transmisión de cada canal de
programación. A su vez, los concesionarios de audio restringidos podrán
transmitirla hasta seis minutos en cada hora de transmisión, y los
concesionarios de uso social podrán destinar hasta 14 por ciento de su
transmisión para publicidad.
Finalizo comentándoles que las reformas aprobadas en materia de
telecomunicaciones son producto de meses de diálogo y trabajo legislativo, así
como por la determinación del presidente Enrique Peña Nieto de plantear como
prioritario, en la agenda nacional, el impulso a las telecomunicaciones y
radiodifusión en beneficio de los mexicanos.
El espíritu de estas leyes secundarias es que haya más competidores
que mejoren precios y calidad en los servicios, que toda la población tenga
acceso a las telecomunicaciones y se ponga un freno al abuso que se venía
cometiendo en este importante sector para el país, para lo cual se podrá
sancionar al que no cumpla con el estándar de calidad y restituir a los usuarios
afectados.
Expreso desde este espacio mi reconocimiento a los senadores la
República de esta LXIII Legislatura. Toca el turno a la Cámara de Diputados, donde se prevé se discuta el próximo martes y,
si son avaladas sin cambios dichas reformas, se turnen al gobierno federal para
su promulgación.
Instagram: hectoryuneslanda
Tw: @HectorYunes