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Debe haber responsabilidad en publicación de
contenidos para evitar el daño moral:Tavo Ruiz
Ofreció conferencia a periodistas en el
Congreso local
Xalapa, Ver./ Veracruz El daño
moral es la alteración profunda que sufre una persona en sus sentimientos,
creencias, honor, reputación, vida privada, y aspectos físicos, resultado de un
hecho ilícito y los medios de comunicación son corresponsables en la
publicación de algún contenido de este tipo, dijo el presidente de la Barra
de Abogados de Xalapa, Octavio Ruiz Martínez al ofrecer la conferencia “El
daño moral y los medios de comunicación”.
En la ponencia realizada en la sala de prensa “Regina Martínez”
y dirigida a periodistas, el también director de la Revista “Jurista” manifestó
que el daño moral puede darse cuando alguien comunique a una o más personas la
imputación hecha a una persona física o moral, de un hecho cierto o falso, que
podría causarle deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de
alguien.
Quien presente denuncias calumniosas y aun sabiendo que la
persona es inocente o que el delito no haya sido cometido y también cuando el
honor sea ofendido, el ataque a la vida privada o la imagen de una persona,
están catalogadas por daño moral y las indemnizaciones serán determinadas por
el juez, quien tomará en cuenta los derechos del lesionado, el grado de
responsabilidad, condiciones económicas y sociales de quien dañó.
En Veracruz, indicó, la indemnización por daño moral nunca podrá
ser superior a 50 mil veces el salario mínimo.
Ante la presencia de reporteros y fotógrafos, el conferencista
explicó que en la actualidad las redes sociales son “terreno fértil” para
ocasionar el daño moral y muchas personas que por este medio acusan desconocen
que podrían ser demandados y sujetos a fuertes multas por concepto de
reparación de daños.
Ejemplificó el caso de jóvenes de Veracruz acusados de una
presunta violación a una menor. En redes sociales fueron exhibidas fotografías
de ellos, de sus familias, han sido condenados y un linchamiento que trascendió
fronteras del país y en muchos casos los señalamientos plasmados no están
apegados a la carpeta de investigación que integró la Fiscalía General del
Estado, advirtió.
Reconoció que aunque hay indicios para regular la publicación de
contenidos en redes sociales, como la llamada Ley Federal para Prevenir y
Sancionar los Delitos Informáticos, impulsada por el senador Omar Fayad, es
sumamente complejo porque podría contravenir lo establecido con el principio
que tiene toda persona a la libertad de pensamiento y de expresión.
El derecho a la libertad de expresión está protegido desde la
Constitución Política del estado mexicano y significa que toda persona puede
buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por escrito u
oralmente sin que sea objeto de alguna inquisición judicial o administrativa.
La libertad de expresión no debe ser motivo para crear daño
moral, por ello, argumentó, es necesario conocer la legislación y los
lineamientos sobre cuándo podría incurrirse en este ilícito.
Con la ponencia del abogado Octavio Ruiz concluye el ciclo de
conferencias que promovió la LXIII Legislatura local con motivo del Día de la
Libertad de Expresión, celebrado el 7 de junio de cada año.